El Consejo de Administración de Stryker ha adoptado este Código de Ética para impedir las irregularidades y promover una conducta ética y honesta, la divulgación adecuada de la información financiera en las declaraciones o presentaciones a la Comisión de Bolsa y Valores y en otras comunicaciones públicas realizadas por la empresa, y el cumplimiento de las leyes, normas y regulaciones aplicables por parte del director ejecutivo principal, el presidente, el director financiero principal, el director de contabilidad principal y el contralor. Este Código de Ética tiene la finalidad de complementar el Código de Conducta de Stryker que se aplica a todos los empleados y directores de la empresa.
Este Código de Ética se aplica al director ejecutivo principal, al presidente, al director financiero principal, al director de contabilidad principal y al contralor (los “Directivos cubiertos”). En este Código de Ética, las referencias a la empresa incluyen a sus filiales y divisiones.
En el ejercicio de sus obligaciones, cada directivo cubierto debe realizar lo siguiente:
(1) Mantener altos estándares de conducta ética y honesta en todos sus tratos con otros empleados, clientes y proveedores de la empresa y con otros terceros, incluidos los auditores independientes de la empresa, en nombre de la empresa.
(2) Evitar cualquier conflicto de intereses real o aparente entre las relaciones personales y profesionales según se define en el Código de Conducta de la empresa.
(3) Informar al Comité de Auditoría del Consejo de Administración cualquier conflicto de intereses que pueda surgir y cualquier relación o transacción relevante que podría esperarse razonablemente que provoque un conflicto.
(4) Tomar medidas razonables para proteger la confidencialidad de la información que no sea del dominio público acerca de la empresa o sus clientes y proveedores, y evitar la divulgación no autorizada de dicha información salvo que lo exijan las leyes o normativas aplicables o procesos legales o normativos.
(5) Llevar todos los registros contables de la empresa y los informes derivados de estos de conformidad con las leyes aplicables, de una manera que refleje de forma justa y precisa las transacciones o los hechos a los que se relacionan y que garantice que reflejan de forma justa y precisa con detalle razonable los activos, pasivos, ingresos y gastos de la empresa y que no contienen ninguna información falsa o intencionalmente engañosa. En este aspecto, se exige en todo momento el cumplimiento del sistema de controles internos de la empresa.
(6) Esforzarse por garantizar la divulgación de información completa, justa, precisa, puntual y comprensible en los informes y documentos que la empresa declara o presenta a la Comisión de Bolsa y Valores y en otras comunicaciones públicas realizadas por la empresa.
(7) Cumplir con las leyes gubernamentales, normas y reglamentaciones aplicables y tomar medidas razonables para que otros las cumplan.
(8) Informar inmediatamente al Comité de Auditoría las sospechas de incumplimiento de este Código de Ética por parte de cualquier directivo cubierto, lo cual puede hacerse de forma anónima.
Cualquier solicitud de exención a alguna disposición de este Código debe hacerse por escrito y dirigirse al Comité de Auditoría. Cualquier exención al presente Código se comunicará inmediatamente de acuerdo con las normas de la Comisión de Bolsa y Valores y cualquier otro requisito entonces vigente.
El Comité de Auditoría evaluará regularmente el cumplimiento de este Código, informará los incumplimientos importantes al Consejo de Administración y le recomendará al Consejo medidas apropiadas para garantizar la rendición de cuentas por el incumplimiento de este Código por parte de cualquier directivo cubierto.
Reconozco que he recibido y leído el Código de Ética de Stryker, con fecha diciembre de 2003, y que entiendo mis obligaciones de cumplir con el Código de Ética.
Entiendo que el incumplimiento de los términos del Código de Ética puede derivar en medidas disciplinarias, incluido el cese del empleo, y que el incumplimiento del Código de Ética también puede suponer una infracción de la ley que podría ocasionar sanciones civiles o penales para mí o para Stryker. Además, entiendo que mi aceptación de cumplir con el Código de Ética no constituye un contrato de empleo.